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Sistema de seguimiento integral en los casos de Violencia de Género

El Sistema VioGén

Foto paraguas decorativa

El Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén), de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, se puso en funcionamiento el 26 de julio del 2007, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Sus objetivos son, entre otros, los siguientes:

  • Aglutinar a las diferentes instituciones públicas que tienen competencias en materia de violencia de género.
  • Integrar toda la información de interés que se estime necesaria.
  • Llevar a cabo una estimación del riesgo.
  • Atendiendo al nivel de riesgo, realizar seguimiento y protección a las víctimas en todo el territorio nacional.
  • Efectuar una labor preventiva, emitiendo avisos, alertas y alarmas, a través del Subsistema de Notificaciones Automatizadas, cuando se detecte alguna incidencia o acontecimiento que pueda poner en peligro la integridad de la víctima.

Y así, establecer una tupida red que permita el seguimiento y protección de forma rápida, integral y efectiva de las mujeres maltratadas, y de sus hijos e hijas, en cualquier parte del territorio nacional.

VioGén es, necesariamente, un sistema vivo en evolución constante que ha sido objeto de una reciente renovación. Las mejoras implementadas en VioGén 2 incluyen la optimización de los protocolos de actuación y la mejora en el seguimiento de las víctimas a través de una mayor integración de datos en tiempo real, al facilitar la interoperabilidad con otros sistemas del ámbito policial, judicial, penitenciario, y servicios sociales.

La evaluación del riesgo de reincidencia violenta es una actividad técnico-científica que consiste en estimar la probabilidad de que se produzca una nueva victimización violenta, en un plazo determinado.

Esta estimación se realiza a partir del análisis de una serie de factores de riesgo y protección, cuya asociación con la reincidencia violenta especialmente la grave o letal ha sido empíricamente validada.

La lógica de este análisis es análoga a la utilizada en otros ámbitos como el de la salud, bajo el paraguas de enfoques de estudio epidemiológicos. Los indicadores de riesgo contemplados están asociados al desenlace (reincidencia) pero no mantienen una relación causal. De esta forma, representan lo que en epidemiología clínica es un marcador de riesgo.

Desde su implantación en 2007, el protocolo de valoración policial del riesgo en casos de violencia de género ha sido objeto de sucesivas revisiones, siendo la más significativa la introducida por la Instrucción 4/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad. Este protocolo permite estimar el riesgo de que las víctimas sufran un nuevo episodio de violencia por parte de su pareja o expareja a partir del momento en que se interpone una denuncia, aplicar medidas de protección proporcionales, y reevaluar la evolución del Caso en el tiempo.

El sistema español es pionero a nivel internacional, ya que incorpora dos formularios diferenciados en su procedimiento de valoración:

  1. VPR (Valoración Policial de Riesgo): se aplica en el momento inicial, tras la denuncia, para establecer el nivel de riesgo de partida y las medidas de protección que de este dimanen; y tras cualquier denuncia o hecho delictivo asociado a la violencia de género. Este instrumento se complemente con la Escala H1, que realiza una supervisión de los casos inicialmente clasificados con un riesgo bajo o medio y detecta aquellos supuestos de riesgo de violencia letal, permitiendo su reclasificación a niveles superiores.
  2. VPER (Valoración Policial de Evolución del Riesgo): permite reevaluar la evolución del caso a medida que transcurre el tiempo sin incidentes, incorporando nueva información o escenarios relevantes en la gestión del riesgo.

En ambos casos, el agente protector podrá elevar el riesgo arrojado por el Sistema si lo considerase necesario para la mejor protección de la víctima.

Este modelo metodológico constituye una herramienta esencial en la protección policial a las víctimas de violencia de género, y un referente a nivel internacional por su carácter dinámico, multidimensional y basado en evidencia empírica.

Documentación asociada: Área de publicaciones y documentación sobre violencia de género

Instituciones que forman parte del Sistema VioGén

El Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género, de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior.

    1. Policía Nacional y Guardia Civil.
    2. Policía Foral de Navarra.
    3. Unidad Adscrita de Galicia.
    4. Unidad Adscrita de la Comunidad Valenciana.
    5. Policías Locales.
    6. Uso específico por Mossos d’Esquadra y Ertzaintza.
      1. Mossos d’Esquadra: La información grabada en el Sistema Integral de Atención a la Victima de la Generalitat de Cataluña se vuelca automáticamente al Sistema VioGén mediante una pasarela de datos.
      2. Ertzaintza: Se ha integrado en el Sistema VioGén 2 un buscador que permite a determinados usuarios consultar el Sistema Etxekoen eta Emakumeen Babesa (EBA), de protección contra la Violencia Doméstica y de Género del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco.
    1. Fiscales.
    2. Letrados de la Administración de Justicia.
    3. Funcionarios de los Institutos de Medicina Legal (Forenses).
    4. Cuerpos Generales de la Administración de Justicia.
    5. Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas.

¿Qué es la violencia de género?

«La violencia contra las mujeres es una manifestación del desequilibrio histórico entre la mujer y el hombre que ha llevado a la dominación y a la discriminación de esta, privándola así de su plena emancipación» (Convenio de Estambul 2011).

La L.O. 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género define este fenómeno de violencia ejercida contra las mujeres como «toda manifestación de violencia, discriminación, situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, ejercida sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia».

Entre las principales formas de violencia a las que se ven expuestas las víctimas en este contexto, se encuentran la violencia psicológica (manifestaciones verbales o conductuales que persiguen dañar la salud mental y emocional de la víctima), la violencia física (cualquier acto no accidental que provoque daño físico en la víctima o que tuviera elevada probabilidad de provocarlo), la conocida como violencia vicaria (en el ámbito de la violencia de género, la ejercida sobre los seres queridos de la víctima, especialmente sus hijos, con el fin de causarle daño), o la Ciberviolencia de Género (a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación).

¿Qué ocurre cuando se tiene conocimiento de una agresión?

La recepción de la notitia criminis en el ámbito de la violencia de género puede producirse mediante la interposición de una denuncia, ya sea por parte de la víctima o de personas de su entorno o a raíz de una intervención policial directa.

En aquellos casos en los que la víctima se encuentre en situación de posible desprotección y manifieste su negativa a denunciar, se activa el Protocolo Cero, que contempla medidas preventivas para recoger la información de forma adecuada y minimizar el riesgo de futuras agresiones.

Con los datos recabados en el lugar de los hechos y durante la entrevista con la víctima contrastados con otras fuentes como vecinos, testigos, familiares o informes técnicos (partes médicos, inspección técnico-ocular, informes de Servicios Sociales, etc.) se procede al Alta del Caso en el Sistema VioGén, realizando la primera evaluación del riesgo mediante el formulario VPR.

A partir de ese momento, se implementan las medidas de protección adecuadas, que pueden incluir vigilancia policial, dispositivos de localización u otras medidas judiciales específicas. El caso queda sometido a una monitorización continua, incorporando información de las distintas instituciones implicadas y realizando reevaluaciones periódicas del riesgo a través del formulario VPER.

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FAQS

Pulsando sobre los desplegables encontrará las respuestas a las preguntas más frecuentes

El nivel de riesgo se determina a través de la cumplimentación del formulario VPR por parte de personal policial, tras la obtención de información de todas las fuentes posibles, y de la toma de declaración de la víctima.

El acceso está restringido a profesionales autorizados: autoridades judiciales y fiscales, trabajadores y trabajadoras sociales, personal de la administración de justicia, así como el personal forense, con el objetivo de prevenir futuros actos de violencia de género y proporcionar protección a las víctimas. 

Existen protocolos de actuación preventiva y de coordinación con servicios sociales, como el Protocolo Cero, diseñado para mejorar la respuesta policial ante víctimas de violencia de género que deciden no denunciar. Así, la fuerza actuante deberá prestar especial atención a las manifestaciones de las personas que se hallen en el lugar de los hechos, especialmente de la víctima, conforme a los indicadores y escenarios de riesgo que observen.

Además, cualquier persona —incluidos profesionales o testigos— puede poner los hechos en conocimiento de las autoridades.

Los procedimientos sancionadores por la situación irregular, incluso si hubiera pendiente una orden de expulsión, quedan paralizados. La mujer inmigrante víctima de violencia de género podrá solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales cuando exista una orden de protección a su favor o informe del Ministerio Fiscal en el que se indique la existencia de indicios de violencia de género.

El Sistema VioGén 2 aglutina información de distintas instituciones de diferentes ámbitos con competencias en materia de violencia de género, lo que permite al personal policial realizar un seguimiento exhaustivo de los casos que tiene asignados.  En especial, se realiza un control de la evolución del riesgo de la víctima, con el fin de adoptar las medidas necesarias para prevenir nuevas agresiones.

El Plan de Seguridad Personalizado (PSP) es un catálogo que contiene las medidas de autoprotección diseñadas de manera individualizada para cada víctima, que detalla acciones específicas y atiende a circunstancias particulares, incluyendo recomendaciones para la protección de los menores a su cargo.

Este concepto alude tanto a las personas allegadas (familiares, amistades, así como la vecindad) como a las instituciones que para cada víctima, de manera personal, representan pilares de confianza, seguridad y accesibilidad, a los que poder informar de su situación a fin de que ellos puedan ayudar en una situación de peligro o alertar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en caso necesario.

AlertCops es una aplicación móvil gratuita cuya finalidad principal es mejorar y facilitar el acceso a determinados servicios públicos de seguridad ciudadana. Esta configura un botón de emergencia mediante el que pedir ayuda con solo pulsar un icono en la pantalla principal del móvil, sin apenas interacción. El uso de este botón dispara el envío de la posición, así como la grabación de un audio que se enviará con la alerta.

Si estás en peligro, si te sientes amenazada, o crees que puedes estarlo; o si conoces una situación de violencia de género, llama a los números de emergencia:

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